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Desconfinamiento infantil

El Boletín Oficial del Estado publicó el sábado una Orden del Ministerio de Sanidad en la que regula las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La Orden permite a los niños y niñas menores de 14 años la salida durante una hora al día acompañados de por un adulto y a un máximo de un kilómetro de distancia.

El permiso permite circular por las vías o espacios de uso público para dar un paseo diario de un máximo de una hora de duración entre las 9 y las 21 horas.

El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas, debiendo mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y cumplirse las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 recomendadas por las autoridades sanitarias.

Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor, si bien no está permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre ni a  instalaciones deportivas.

No podrán hacer uso de este derecho los niños y niñas que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario o que se encuentren en periodo de cuarentena por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas de COVID-19.

El adulto responsable deberá convivir en el domicilio del menor y garantizar que durante el paseo se cumplen los requisitos para evitar el contagio del virus.