Noticia: Pleno Municipal ordinario Febrero 2014 - ayto-allande
- ayto-allande
- Ayuntamiento
- Noticias
- Noticia
- Noticia: Pleno Municipal ordinario Febrero 2014
Back Noticia: Pleno Municipal ordinario Febrero 2014
Pleno Municipal Ordinario
La Corporación municipal del Ayuntamiento de Allande celebró la primera sesión plenaria del año, coincidiendo con el último lunes del mes de Febrero, a las 20 horas, con un orden del día que contemplaba nueve asuntos a tratar. (Ver documento)
El primer punto fue la aprobación del acta de la última sesión, celebrada el 30 de Diciembre de 2013. (Ver documento)
A continuación, la alcaldía dio cuenta al Pleno de de las resoluciones dictadas desde la última sesión plenaria. (Ver documento)
El siguiente asunto del orden del día fue la determinación de las fiestas locales del año 2015, a solicitud de la Consejería de Economía e Empleo, acordando el pleno declarar festivos el día Lunes 6 de Julio, festividad de San Cristóbal y el miércoles día 9 de Septiembre, Fiesta de Nuestra Señora del Avellano. (Ver documento)
El siguiente acuerdo tomado por el Pleno Municipal fue el de nombramiento de Juez de Paz sustituto para el Juzgado de Paz de Allande, a la vista del oficio del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias. (Ver documento)
Una vez sometida a información pública la cobertura de la vacante, se acordó proponer el nombramiento de Jueza de Paz sustituta a Dña. Sayaka Fernández Lago.
Seguidamente, el Pleno aprobó una moción del Grupo Municipal Socialista por la que se acuerda iniciar el trámite para la formalización de conflicto en defensa de la autonomía local ante el Tribunal Constitucional contra la ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local recientemente aprobada por el Gobierno de España.
Este procedimiento viene regulado en la Ley del Tribunal Constitucional y precisa aunar un séptimo de los municipios españoles que a su vez representen como mínimo un sexto de la población oficial.
El recurso planteado se basa en lo regulado en los artículos 140 y 141 de la Constitución Española, que no sólo garantizan y protegen la existencia de municipios y provincias, sino que configuran ambas entidades integrando un nivel en la articulación territorial del Estado, atribuyendo a sus órganos, ayuntamientos y diputaciones, las funciones de gobierno y administración de municipios y provincias, al tiempo que legitiman sus políticas como expresión del pluralismo político y manifestación del principio democrático.
La moción considera que la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local invierte radicalmente esta interpretación, ya que el Estado deja de ser garante de la autonomía para municipios y provincias y pretende pasar a impedir o dificultar la mejora y ampliación de la autonomía local por las Comunidades Autónomas.
Son tres grandes bloques de contenidos de la Ley 27/2013 los que lesionan la garantía constitucional de la autonomía local, el primero el desapoderamiento competencial de los municipios con vulneración de la garantía constitucional de la autonomía local reconocida en los artículos 137 y 140 de la Constitución.
El seguro se refiere a la inclusión de mecanismos de tutela, condicionantes y controles de oportunidad con vulneración de la garantía constitucional de la autonomía local.Y por último se entiende que existe vulneración del principio democrático en el ámbito local. (Ver documento)
Seguidamente, el Pleno aprobó otra moción del Grupo Municipal Socialista relativa a intención del Gobierno de España de modificar La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo,.
La moción aprobada entiende que esta norma no sólo supondrá un grave retroceso de más de treinta años para la legislación española en este ámbito, y el incumplimiento de compromisos internacionales en materia de derechos sexuales, reproductivos y de libertad de las mujeres a decidir sobre su maternidad, sino que situaría a España como un excepción en toda Europa, donde en los últimos años ningún país había legislado hacia atrás en esta materia, mientras que las mujeres españolas sufrirán ese retroceso después de haber contado con una de las legislaciones más avanzadas, más seguras, con mayores efectos en la prevención de embarazos no deseados y que había conseguido reducir el número de abortos en el último año.
Esta normativa ha provocado un enorme rechazo social de la ciudadanía española y europea, de las organizaciones sociales, profesionales y feministas, y además ha motivado la aparición de declaraciones de miembros del Partido Popular, incluidas las de algunas mujeres que ocupan cargos públicos, discrepando de su contenido, así y la crítica de dirigentes y medios de comunicación en el extranjero, donde sólo ha cosechado la felicitación de formaciones políticas de extrema derecha de otros países.
En el acuerdo, que se enviará al Congreso de los Diputados se insta al Gobierno de España a retirar y no continuar con la tramitación del proyecto de ley que pretende revisar la legislación vigente de salud sexual, reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo. (Ver documento)
En lo referente a actuaciones en Montes de Utilidad Pública, el Pleno aprobó dos solicitudes de ocupación de superficie para pastos en el monte Cordal de Berducedo, a Víctor Pérez Menéndez, vecino de Castanedo, la ocupación de 4,54 hectárea, y a Justa Núñez García, el cambio de titularidad a su nombre de otra parcela.
En el Monte de Vidajerón, Fonterroxa e Iboyo, se concedió a Etelvina Álvarez Blanco, vecina de Tarallé, la ocupación de 2,68 hectáreas para pastos y a los vecinos de la Vega de Truelles la ocupación de otras 8 hectáreas de pastizal.
Así mismo, se denegó a EON Distribución, S.L. la solicitud de ocupación en el monte de Vidajerón para modificación de suministro a servicios auxiliares de la subestación eléctrica del Palo, ya que previamente debe haber tramitado la correspondiente licencia urbanística. (Ver documento)
El Pleno aprobó también una propuesta de alcaldía por la que se reconoce el derecho de los funcionarios y personal laboral municipal a percibir los salarios que permite el Real Decreto Ley 20/2012 de Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomento de la competitividad en caso de incapacidad temporal.
La citada ley mermó los derechos laborales y económicos de los funcionarios y empleados públicos, suprimiendo las remuneraciones que se percibían en algunos casos de incapacidad temporal.
La propuesta aprobada reconoce a los funcionarios y personal laboral municipal el derecho a percibir las cuantías máximas establecidas en el Decreto por las contingencias de baja por contingencias comunes, es decir el 50% del salario en los tres primero días y el 75% desde el cuarto hasta el vigésimo día, con cargo a los presupuestos municipales. (Ver documento)
Como asunto urgente, se aprobó una moción de Foro Asturias solicitando la reparación de una pista forestal de uso ganadero en el monte de Vidajerón. (Ver documento)